miércoles, 20 de julio de 2022
SÍNTESIS PARA LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE COSTA RICA DEL PROBLEMA DE LA FALTA DE RESOLUCIÓN, EN LO CONCERNIENTE A LA CONSTRUCCIÓN DE LA RUTA DE TRÁNSITO A EXTENSIÓN LONGITUDINAL EN LA REGIÓN INDÍGENA DE PUNTA BURICA, PERTENECIENTE AL CANTÓN DE GOLFITO, PROVINCIA DE PUNTARENAS. Autor: Ronald Obaldía González
SÍNTESIS PARA LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE COSTA RICA DEL PROBLEMA DE LA FALTA DE RESOLUCIÓN, EN LO CONCERNIENTE A LA CONSTRUCCIÓN DE LA RUTA DE TRÁNSITO A EXTENSIÓN LONGITUDINAL EN LA REGIÓN INDÍGENA DE PUNTA BURICA, PERTENECIENTE AL CANTÓN DE GOLFITO, PROVINCIA DE PUNTARENAS. Autor: Ronald Obaldía González
Con la regularidad del caso, el Estado costarricense ha abandonado el imperativo y la prioridad de fortalecer la conectividad y la seguridad pública, el mejoramiento de las rutas de tránsito, puentes y otras obras en la aislada y totalmente incomunicada Reserva Aborigen de Punta Burica - una franja de tierra de más de 40 kilómetros de extensión - , ubicada en el cantón de Golfito-Puntarenas, en el extremo sur oeste del territorio nacional, en la zona limítrofe con la República de Panamá.
En vista de la ausencia de una ruta de tránsito, la comunidad aborigen que habita dicho territorio, con innumerables obstáculos migratorios deben ingresar al territorio de Panamá con tal de entrar a Costa Rica, su nación de origen. Aparte de que el Estado nacional ha abandonado sus obligaciones de ejercer plenamente su soberanía en esas tierras, incumplimiento agudizado ante la imposibilidad de ingresar allí por mar, aire y tierra. Humillaciones y hasta sobornos (incosteables) practican las autoridades policiales panameñas a nuestros aborígenes.
En tal reserva indígena habitan poco más de 4.000 personas, pero a pesar de tener cédula costarricense, el Estado les ha fallado, las mantiene en estado de pobreza extrema y desprotección casi total, ya que no tienen acceso a servicios básicos – unidades de salud y energía eléctrica, policía, telefonía, mucho menos Internet, etcétera. Esto producto de las complicadas o peligrosas condiciones geográficas que la caracterizan. Apenas una de sus comunidades, llamada Alto Comte, cercana a las vías nacionales y cantonales posee una ruta de tránsito aceptable, es la más avanzada en cuanto a desarrollo humano.
Todos los gobiernos han incumplido las promesas de dotar a la comunidad aborigen de la ruta terrestre, aunque fuera con un mínimo de infraestructura, a efecto de tener comunicación directa con las poblaciones de los cantones de Golfito y Corredores, a pesar de haber de por medio un mandato, emitido el once de enero de dos mil trece por la Sala Constitucional costarricense, el cual obliga a varias instituciones del Estado a proceder de inmediato con el levantamiento del camino, tomando como base el que hay por ahora: vulnerable, insalubre, riesgoso, extremadamente inestable; construido a través de los tantos años por los propios pobladores. Cabe subrayar que hechas las consultas indígenas de rigor, esa comunidad originaria aprobó el proyecto de la vía.
A través de múltiples reuniones de trabajo entre funcionarios de distintas instituciones, fueran el Ministerio de la Presidencia, INDER, IFAM, Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, Municipalidad de Golfito, la Asociación de Desarrollo Indígena de Punta Burica (ADI) se redactaron distintos documentos técnicos en junio del 2019, lo cual ofreció como resultado la aprobación de un proyecto de “Declaratoria de Conveniencia Nacional del Proyecto denominado: “Mejoramiento del camino y rehabilitación del sistema de drenajes de toda la extensión longitudinal del camino a Punta Burica”, con el propósito de que específicamente el Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE) cooperara con su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
En un principio hubo anuencia por parte de los asesores del Despacho del Ministro del MINAE en tramitar el Proyecto de Declaratoria de Conveniencia. Pero luego, ambigua e inexplicamente, y con desorden y lentitud burocrática, otros funcionarios de dicha entidad comenzaron a dificultar y entrabar la labor del grupo de trabajo interinstitucional, redactor del texto de la Declaratoria antes mencionado, imponiendo requerimientos dudosamente legales y técnicos, imposibles de cumplir por los escasos recursos de la Municipalidad de Golfito; además de la inaccesible y peligrosa geografía de tal región, lo cual impide cualesquier estudios profundos de campo forestales, suelos, socioeconómicos y demás.
Tómese en cuenta que tales estudios los realizó también el Grupo de trabajo, de acuerdo con las posibilidades y limitaciones existentes. Dicho sea de paso, con la vista puesta en la prioridad del Estado costarricense de poner en marcha lo concerniente a la flexibilización y agilización de los trámites burocráticos, a efecto de impulsar emprendimientos, en este caso la ruta de tránsito, consustanciales al desarrollo humano total de una población originaria.
Los funcionarios del MINAE, entre ellos mismos irónicamente se contradecían, y bajo argumentación intransigente, redundante, poco colaboradora; con falta de sensibilidad y comprensión de los principios de bienestar social; desentendidos de las complicadisimas realidades de Punta Burica, terminaron descartando por completo el proyecto del texto de Declaratoria. En sus débiles “sugerencias” desatendieron – por no decir oposición - el conocimiento primigenio de los indígenas en materia de cultura ancestral de la protección y la conservación del medio ambiente, su amor y cuidado por su Reserva, superiores a los de cualquier técnico de escritorio. Le dieron la espalda a los Convenios Internacionales a favor de los pueblos originarios, es decir, al carácter de la autonomía legal de una Reserva Indígena.
CABE RESALTAR QUE, EN PRIMERA INSTANCIA, EL PUEBLO DE PUNTA BURICA LO QUE ESTÁ DEMANDANDO ES UN MÍNIMO DE RUTA, TAL CUAL LE PERMITA SOBREVIVIR EN MEDIO DE LA SELVÁTICA GEOGRAFÍA, PUESTO QUE LA MUNICIPALIDAD DE GOLFITO, RESPONSABLE DE LOS FUTUROS TRABAJOS, CARECE DE MAYORES RECURSOS MATERIALES Y FINANCIEROS, EN ARAS DE LEVANTAR UNA OBRA DE ENVERGADURA SUPERIOR. NI ESTO LO ENTIENDEN LOS FUNCIONARIOS DEL MINAE.
Asimismo, dichos funcionarios ignoraron el hecho de que el trazado de la ruta provisional cuenta con el correspondiente código vial del Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT), lo que según las decisiones de anteriores Ministros del MINAE hacen innecesarios los tales estudios exigidos, pasados de la raya. Con todo, el Grupo de Trabajo los presentó a como lo permitieran las condiciones. A diferencia de los del Ministerio de Ambiente quienes interpretaron a su inconveniente manera la propia Resolución de la Sala Constitucional de enero del 2013, con la cual se habría de FACILITAR la pronta publicación del Decreto de Declaratoria en cita y luego proceder con las obras de la ruta de tránsito demandada. Obra, la cual es vital para elevar sustancialmente la calidad de vida de gente históricamente ignorada, socialmente abandonada y marginada.
Desafortunadamente, las autoridades del Ministerio de la Presidencia del pasado Gobierno después se pusieron al lado de los funcionarios del MINAE. Bajó el nivel de su interés y compromiso, lo que hizo el camino más empinado, a la vista de hacer realidad la ruta de tránsito que ocupa nuestra atención.
Habida cuenta del panorama negativo, obstaculizador y sin justo criterio acerca de la concreción del proyecto de la ruta de tránsito de Punta Burica, se pensó entonces en otra alternativa legal de solución, sabiendo que la Municipalidad de Golfito contara con la decidida disposición y MODESTOS recursos materiales y financieros, en respaldo de los trabajos de construir UN MÍNIMO RUTA DE TRÁNSITO.
En razón de lo anterior, Sandra Chanto Quesada y el suscrito Ronald Obaldía González, en noviembre del 2020 interpusieron un recurso de amparo en la Sala Constitucional contra la ministra del Minae, Andrea Murillo, y el Estado costarricense, por oponerse, o entrabar al extremo la Declaratoria de Conveniencia Nacional del Proyecto denominado: “Mejoramiento del camino y rehabilitación del sistema de drenajes de toda la extensión longitudinal del camino a la Reserva Indígena”.
Parcialmente convincente fue el resultado de la Resolución del 28 de mayo del 2021 de la Sala Constitucional alrededor del Recurso de Amparo presentado. Hubiéramos deseado que se decidiera, cuanto antes, hacer realidad la vía terrestre, a fin de superar el estado de pobreza de la gente de dicha Reserva Indígena. Inesperadamente, el peso desfavorable de la resolución recayó en la Municipalidad de Golfito. Por su parte, el Ministerio de Ambiente y Energía (Minae) no fue sancionado por la Sala Constitucional, siendo esa la entidad del Poder Ejecutivo, la responsable de las inconcebibles trabas de ninguna forma cooperativas, acompañadas de “criterios” discordantes con las condiciones geográficamente adversas, las que conlleva el proyecto de MÍNIMA OBRA, sean por las razones que hemos venido exponiendo.
Finalmente, los funcionarios del Ministerio en cita, todavía continúan reiterando su proceder obstructivo, insensible y escasamente colaborador, haciendo observaciones redundantes y poco convincentes a los recientes estudios ambientales, contratados de forma privada por la Municipalidad de Golfito, lo cual representa un elevado costo financiero. Recursos que más bien podrían ser reasignados a la impostergable obra de la ruta de tránsito, la que tanto anhelan nuestros hermanos mayores de Punta Burica.
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El mié, 20 jul 2022 a las 19:26, minorgo@ice.co.cr () escribió:
ResponderEliminarBien Ronald. Esperemos que lo lean y atiendan, con prontitud. Saludos.
Minor Gómez Calvo
Abogado y Notario
Carlos Echeverria escribió:
ResponderEliminarQue dice la resolución de la Sala IV?
Álvaro Alvarado Castro escribió:
ResponderEliminar"Leyendo tu artículo para la Asamblea Legislativa nos damos cuenta de la inoperancia de la burocracia estatal".
FELICITACIONES POR EL RECURSO. Si no se ganó totalmente, se avanzó. Valdría la pena contactar algún periodista para darlo a conocer. Tal vez Miguel Díaz pueda hacer el conecte. Todo mi apoyo.
ResponderEliminarSaludos cordiales,
Carlos.